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Introducción a los Seguros de Autos

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  • Abraham
  • ADRIANA
  • ADRIANA GUADALUPE
  • Alan
  • ALBERTO E
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Lección 9 de 9
En Progreso

Terminología

0-9
A
Abuso de confianza
Comete el delito abuso de confianza, el que con perjuicio de alguien, disponga para sí o para otros de cualquier cosa mueble ajena, de la que se le haya transferido su tenencia y no el dominio.
Agravación de riesgo
Situación que se produce cuando, por determinados acontecimientos, ajenos o no a la voluntad del Asegurado, el riesgo cubierto por una Póliza adquiere una peligrosidad superior a la inicialmente prevista
Alud
Masa considerable de nieve o tierra que se derrumba de los montes y que se precipita con fuerza.
Autoparte
En singular o plural se refiere a cualquier parte, pieza o accesorio del Vehículo tanto del exterior como del interior que el fabricante adapta originalmente para cada modelo y tipo específico de Vehículo que presenta al mercado.
Avería Gruesa
Son los daños que se le causen al Vehículo asegurado, con motivo de su desecho, para salvar del hundimiento al vehículo marítimo en el cual era transportado.
B
C
D
Depreciación
Disminución en el valor del Vehículo asegurado originado con motivo de su uso, del paso del tiempo o del suceso de alguno de los riesgos amparados en la Póliza o por cualquier otra circunstancia.
E
Enfermedad
Alteración leve o grave del funcionamiento normal de un organismo o de alguna de sus partes debida a una causa interna o externa.
F
Factura de origen
Se le considera a la factura original del Vehículo que emite la agencia o armadora al primer propietario del mismo.
G
Garante
Es la persona que garantiza el cumplimiento de una obligación.
H
I
Indemnización
Es el resarcimiento del daño.
J
K
L
Lesión Crónico-degenerativa
Afección durante la cual tiene lugar un proceso continuo de disfunción celular, basado en cambios que afectan la estructura y la función de los tejidos u órganos.
Lesión Preexistente
Cualquier enfermedad o padecimiento que haya sido declarado, o demostrado en un expediente médico legalmente autorizado, o a su vez comprobado con estudios de gabinete registrados, antes del siniestro presentado o por el cual requiere la atención médica actual.
M
N
O
Ocupantes del vehículo
Todas las personas que se encuentran, al momento del siniestro, dentro del compartimiento, caseta o cabina del Vehículo diseñado para el transporte de personas.
P
Pasajero
Persona física que hace uso de un autotransporte, debidamente autorizado para transportar pasajeros mediante concesión, contrato o permiso de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes o cualquier otra autoridad autorizada para otorgar la concesión, contrato o permiso.
Prescripción
Pérdida del derecho del Asegurado para hacer valer cualquier acción en contra de la Compañía.
Prima
Monto que el Asegurado se obliga a pagar a la Compañía en términos del contrato de seguro.
Prorrata
Reparto proporcional.
Póliza
Documento donde se establecen los derechos y obligaciones de la Compañía y del Asegurado.
Q
R
Rehabilitación
Es el restablecimiento de las coberturas contratadas en la Póliza de seguro.
Riesgo
Evento futuro de realización incierta.
Rótulo
Inscripción, dibujo o calcomanía que se adhiere a un vehículo.
S
Servicio Público
Son los Vehículos propiedad de personas físicas o morales que prestan servicios a la comunidad, o bien, mediante el cobro al público o un tercero para transportar pasajeros y/o carga en dicho Vehículo, pudiendo ser éstos de acuerdo a los siguientes usos:
• Privado: Pertenecientes a una persona física o moral con actividad comercial.
• Federal: Para transitar en vías federales con placas emitidas por la Autoridad Federal para uso privado.
• Auto Escuelas: Utilizados para la enseñanza de conducción y manejo de vehículos automotores.
• Seguridad Privada: Utilizados para brindar servicios de seguridad y protección privada.
• Seguridad Pública: Utilizado para prestar el servicio seguridad y protección a la sociedad en general, siendo parte de una dependencia de gobierno.
• Ruleteo/Sitio: Utilizado para el servicio de traslado de personas por medio de un cobro y/o tarifa por dicho traslado.
• Transporte Turismo: Es aquel que es utilizado para el transporte de personas y presta el servicio de turismo en líneas de comunicación terrestre establecidas, y que circula en toda la República Mexicana, debiendo contar con su registro vigente ante la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
Servicios de Emergencia: Es el que es utilizado para prestar auxilio a la sociedad brindando el servicio de traslado de personas, derivado de un accidente o eventualidad. Generalmente forma parte de hospitales, dependencias gubernamentales. (Ambulancias, Protección Civil y Bomberos)
• Transporte Escolar o de Personal: Es el que es utilizado para la transportación de estudiantes o empleados, desde un lugar fijo a la institución escolar o laboral y de regreso; así como el traslado a centros culturales o de recreación cuyo destino haya sido determinado por la institución responsable.
• Renta Diaria: Es el que es utilizado por un tercero no propietario del Vehículo, a través de un contrato de renta diaria por un tiempo determinado.
• Taxi Ejecutivo / APP (aplicación móvil): Utilizado para el servicio de traslado de personas o mercancías mediante solicitud a través de una aplicación tecnológica diseñada para teléfonos inteligentes.
• Particular ERT: Corresponde al uso particular de vehículos cuyos propietarios y/o conductores están registrados con alguna Empresa de Redes de Transporte (ERT) por lo que la presente póliza solamente amparará las coberturas que aparecen contratadas en la carátula de la póliza siempre y cuando, al momento del siniestro: i) no se esté prestando un servicio público de transporte; y ii) tenga cualquier aplicación de ERT apagada.
Reparto / Mensajería: Es el que es utilizado para la transportación y/o envío de mensajería terrestre o realización de gestiones de cobro.
• Fletes / Traslado: Utilizado para brindar servicios de traslado de carga, mercancía o menaje mediante el pago una contraprestación.
Servicio particular y uso privado
Son los vehículos que se encuentran al servicio y uso exclusivo de su propietario ya sea persona física o moral pero sin ser utilizado para una actividad de comercio, servicio a la comunidad o con fin de lucro.
Señalamientos
Son los montos recibidos por la venta de los bienes que han sido indemnizados al Asegurado, pasando su posesión y propiedad a la Compañía.
Siniestro
Es la realización del riesgo.
Subrogación
Adquisición de derechos y acciones por la Compañía, frente a los terceros responsables del daño.
Suma Asegurada
Límite máximo de responsabilidad para cada cobertura contratada a cargo de la Compañía, determinado desde el inicio de la Póliza.
T
Tarifa
Listado donde se presentan las diferentes sumas aseguradas y primas que se cobran por cada una de las coberturas, dependiendo del Vehículo de que se trate.
Terrorismo
Todos los actos de una persona o personas que por sí mismas, o en representación de alguien o en conexión con cualquier organización o gobierno, realicen actividades por la fuerza, violencia o por la utilización de cualquier otro medio con fines políticos, religiosos, ideológicos, étnicos o de cualquier otra naturaleza, destinados a derrocar, influenciar o presionar al gobierno de hecho o de derecho para que tome una determinación, o alterar y/o influenciar y/o producir alarma, temor, terror o zozobra en la población, en un grupo o sección de ella o de algún sector de la economía.
U
UMA
Unidad de Medida y Actualización Diario.
V
Valor Comercial
El valor de venta determinado con base en la guía EBC (publicación especializada en precios de automóviles) a la fecha del siniestro. En caso de que la mencionada publicación no muestre el precio del Vehículo, entonces se tomará en cuenta el valor de la guía AUTOMÉTRICA. Para vehículos de más de 3.5 toneladas que no se encuentren en las guías anteriores se utilizará el sistema VIN PLUS de CESVI MÉXICO. Cuando las publicaciones antes mencionadas muestren únicamente el precio de lista para el Vehículo en cuestión y no su valor de venta, se considerará como el mismo, el 87% de dicho precio de lista.

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En ausencia de las publicaciones especializadas en precios de automóviles antes mencionadas, vigentes a la fecha del siniestro; como Valor Comercial del Vehículo, se considerará el valor de venta en el mercado, el publicado en otras revistas especializadas de circulación nacional, con excepción de periódicos. Para el caso de Vehículos importados y/ fronterizos, corresponderá el valor en el mercado de su país de origen, bajo la categoría descrita como “Trade-in Value” de acuerdo con la publicación conocida como NADA Guides vigente en dicho país al momento de ocurrir el siniestro. En caso de que la mencionada publicación no muestre el precio del Vehículo, entonces se tomará en cuenta el valor de la guía “Kelley Blue Book”.
Valor Convenio
Para efectos de este contrato, se entenderá por Valor Convenido del Vehículo, el que acuerden la Compañía y el Asegurado, con base al avalúo efectuado por una agencia especializada o Institución autorizada para tal efecto.
Valor Factura
Es el valor del vehículo nuevo establecido dentro del renglón del importe total en la factura expedida por la Agencia y/o Concesionario Automotriz debidamente autorizado por la marca del vehículo.
Valor Indemnizable
Es el monto que, con el fin del resarcimiento del daño, en una pérdida total le corresponde al Asegurado, una vez que se le hacen las deducciones o adiciones correspondientes a la suma asegurada.
Varadura
Cuando el medio de transporte marítimo asegurado queda inmovilizado por su estancamiento en arena o rocas o cualquier objeto.
W
X
Y
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